LLAMADO DE ATENCIÓN DEL TEEC AL IEEC POR RETARDO INJUSTIFICADO PARA PROVEER MEDIDAS CAUTELARES
El Tribunal Electoral del Estado de Campeche emitió ahora un apercibimiento por la conducta dilatoria del personal del Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC), a quien previamente se le había realizado recomendación y exhorto.
El magistrado presidente Javier Ac Ordóñez, precisó que el apercibimiento es consecuencia de que ha existido “moratoria injustificada, retardo injustificado respecto a proveer las medidas cautelares”.
Este Tribunal así lo ha confirmado en el sentido de que no se justifica, no hay situación que amerite dilación tan amplia, para proveer tan sólo respecto de las medidas cautelares, recalcó Ac Ordóñez.
Puntualizó que la actitud del IEEC “ha sido recurrente en asuntos promovidos por un partido político, se ha identificado esta falta de celeridad, de un cumplimiento pronto tan sólo respecto del dictado de las medidas”.
Ante ello y por el reclamo solicitado de un partido político promovente, este Tribunal recomendó primero, después exhortó y ahora volteó la mirada hacia los medios de apremio establecidos en la propia legislación, y nos mantenemos en este sentido de apercibir.
“Hemos, previamente porque así lo establecen los criterios antes de imponer este tipo de medida de apremio, hecho tanto la recomendación, el exhorto y lo consecuente ahora es el apercibimiento”.
Esta medida –precisó–, es un llamado de atención establecido en el artículo 701, fracción primera, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, que se considera dentro del catálogo de los medios de apremio.
Fue razonado por el pleno, tomando en consideración que han habido varias llamadas de atención y que de una u otra manera sigue manteniéndose esta situación, concluyó.