Locales

OPINIÓN: MEJORES AVALÚOS PERO MENOS DERECHOS AL EMPEORAR EL DEBIDO PROCESO CON LA NUEVA LEY DE EXPROPIACIÓN: VÍCTOR COLLÍ EK

Al señalar que había cosas que necesitaban actualizarse urgentemente en la Ley de Expropiación, el investigador Víctor Manuel Collí Ek advirtió que al comparar la nueva normativa con lo que pasa en otros países de América Latina, se da uno cuenta que algunos cambios van en la dirección equivocada, pues mejora algunas cosas pero empeora otras más importantes, como el tiempo para defenderte.

Mediante un video en sus redes sociales, al que agregó el texto “Nueva Ley de Expropiación: ¿Avance o retroceso?, expone que el tiempo que dan para defenderte es de 5 días hábiles, mientras en Colombia hay 3 etapas obligatorias para una expropiación:

Oferta de compra, negociación directa y el proceso judicial, con lo cual la persona afectada tiene al menos 15 días para sus manifestaciones iniciales, 8 más para una audiencia de pruebas y 3 adicionales para alegatos, o sea, más de 25 días en total para reunir abogados, reunir documentos y preparar una defensa.

Pero hay algo más problemático, la nueva ley permite al Gobierno ocupar tu propiedad inmediatamente después del decreto antes de pagarte la indemnización, lo que contrasta lo establecido en el Derecho Internacional Americano, de que debe ser otorgada de manera previa, y por eso Colombia lo hace de esta manera para evitar tensión entre el interés público y el derecho de propiedad. En Chile también no pueden quitarte tu casa sin pagarte primero, subrayó Collí Ek.

Algo preocupante en Campeche es que elimina los recursos administrativos. “Si no estás de acuerdo con la expropiación tu única opción es el juicio de amparo, que es caro y tardado, lo que va contra la tendencia en América Latina”, alertó.

La nueva normativa acierta al exigir evaluación comercial e incluye instituciones especializadas para los avalúos, sin embargo, mientras arreglaban el tema de las indemnizaciones empeoraron el debido proceso. “Es como si hubieran dado un paso adelante en valuación, pero dieron dos atrás en garantías procesales”, resumió.

La ley anterior al menos permitía recursos administrativos y no especificaba plazos tan cortos. Era deficiente, pero no tan restrictiva como la nueva. Así, Campeche en lugar de adoptar las mejores prácticas interamericanas del mundo, crearon un sistema híbrido que mejora algunas cosas pero empeora otras más importantes.

Estos estándares no son inventos míos, sino precedentes establecidos por las cortes más altas de América Latina y del mundo.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *