REDMYH PIDE GARANTIZAR ACCESO A LA INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO EN CAMPECHE, QUINTANA ROO Y YUCATÁN
En el marco del Día de Acción Global por el acceso al aborto legal y seguro, la Red de Mujeres y Hombres por una Opinión Pública con Perspectiva de Género en Campeche (REDMYH) llamó a las autoridades estatales y a las instituciones públicas de salud, a garantizar los recursos necesarios para brindar atención integral a las mujeres, adolescentes y personas con capacidad de gestar que decidan interrumpir un embarazo.
La organización señaló que Campeche, Quintana Roo y Yucatán cuenta con marcos legales que despenalizan la interrupción voluntaria del embarazo durante las primeras 12 semanas de gestación, pero el reconocimiento legal por sí mismo no garantiza el acceso efectivo a los servicios de salud.
En su posicionamiento por el 28 de septiembre, la REDMYH pidió a los gobiernos de estos Estados y a las instituciones públicas de salud, incluyendo al IMSS-Bienestar, disponer de recursos humanos, materiales y financieros suficientes para ofrecer atención oportuna y de calidad.
Considera necesario contar con medicamentos recomendados para la interrupción del embarazo, como misoprostol y mifepristona, además de equipo, insumos y personal capacitado para realizar procedimientos de Aspiración Manual Endouterina (AMEU) cuando estén indicados.
Otro obstáculo para acceder a estos servicios son la desinformación, los prejuicios y el estigma, ante lo cual planteó la necesidad de que las personas conozcan sus derechos y reciban información científica, clara y suficiente, para tomar decisiones.
Asimismo, hizo un llamado a las familias, comunidades, instituciones educativas y medios de comunicación, a generar espacios donde el aborto pueda abordarse desde una perspectiva de derechos, información, autonomía y acompañamiento, sin rechazo, ni violencia, ni presión o discriminación.
La organización también recordó que en casos de violencia sexual, el acceso al aborto debe garantizarse conforme al marco establecido en la NOM-046-SSA2-2005 y la Ley General de Víctimas, sin condicionarlo a una denuncia penal ni a la autorización de un juez o del Ministerio Público.

