CNBV REGULA BANCA DIGITAL: A PARTIR DE OCTUBRE, OBLIGATORIO ESTABLECER LÍMITE DE TRANSFERENCIAS
A partir del 1 de octubre de 2025, todos los usuarios de banca digital en México deberán establecer un Monto Transaccional del Usuario (MTU), es decir, un límite máximo para sus transferencias electrónicas, de acuerdo con la regulación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
Quienes no configuren este monto antes del 30 de septiembre de 2025 enfrentarán restricciones automáticas impuestas por su banco, que fijará un tope de 1.500 Unidades de Inversión (UDIS), equivalente a unos 12 mil 500 pesos mexicanos por transferencia.
La medida, prevista en la Circular Única de Bancos publicada en 2024, tiene como objetivo reforzar la seguridad en las operaciones digitales. Será obligatoria a partir del 1 de enero de 2026, cuando todos los bancos deberán habilitar la opción del MTU en sus aplicaciones móviles y plataformas digitales.
El MTU aplicará para transacciones como transferencias a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), pagos de tarjetas de crédito de terceros —ya sea dentro de la misma institución o en otra—, así como el pago de servicios e impuestos.
En contraste, los límites para Transferencias Express, CoDi y Dimo seguirán siendo de 1.500 UDIS por transacción o acumulado diario, sin importar el monto que defina el usuario para sus operaciones generales.
Los clientes podrán modificar su límite tantas veces como lo consideren necesario, sin plazos de espera. Asimismo, la CNBV recordó que el tope máximo permitido para transferencias entre familiares y amigos, sin generar sanciones fiscales por parte del Sistema de Administración Tributaria (SAT), se mantiene en 600 mil pesos anuales.

