POR DEFENDER AL “MARTES DEL JAGUAR”, ALCUDIA VIOLENTA EL ARTÍCULO 16 AL ALUDIR A UN CASO PARTICULAR QUE RECAE EN VIOLENCIA DE GÉNERO
En su intento por defender el Martes del jaguar, el consejero jurídico Juan Pedro Alcudia Vázquez, v¡ol0 el artículo 16 al hacer alusión a un caso particular que recae en violencia de género, y afirmó que en dicho programa “no mentimos en nada. Hay sendas resoluciones en razón de género, una en contra y todas las demás han sido favorables”.
Cuestionado por la diputada priista Delma Rabelo Cuevas, aseguró que ese programa ya ha sido reconocido por los tribunales federales como un activo del Gobierno, es decir, como un sistema con que la gobernadora está cercana a la gente”.
Ese programa, continuó Alcudia Vázquez, tiene 12 amparos, 12 procedimientos electorales, 2 procedimientos penales y 2 en materia de derechos humanos, “pero hoy el Martes del Jaguar sigue rugiendo, no se ha paralizado, pero sí se ha modulado”.
Destacó que las resoluciones judiciales derivadas de estas controversias han generado criterios relevantes en instancias como la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en temas de libertad de expresión, acceso a la información, ejercicio periodístico, rendición de cuentas y violencia digital contra las mujeres.
El consejero reconoció que existe una resolución por v¡ol3nci@ política en razón de género atribuida al programa, pero subrayó que el resto de los casos son por “expresiones y acciones ilícitas en contra de la gobernadora”.
Alcudia Vázquez citó como ejemplo reciente un fallo de la SCJN, elaborado por la ministra (Ana) Margarita (Ríos) Farjat, que establece que entre funcionarios públicos puede emitirse libremente cualquier declaración sobre actividades de relevancia pública vinculadas con rendición de cuentas y transparencia, descartando la censura previa.
Expresó: “La gobernadora del Estado y cualquier persona cuando se trate de dos funcionarios, puede libremente decir cualquier actividad que tenga una relevancia pública y que tenga que ver con la rendición de cuentas y transparencia, y eso afortunadamente la Corte ya lo estableció y por ende los amparos que habían sido coincididos en un inicio para que ella se abstenga a futuro, la Corte dijo que eso no juega eso no puede ser así, no puede haber censura previa, y sobre todo cuando se trata de manifestaciones a un servidor público”.