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CAMPECHE: YA ES OFICIAL LA “LEY ALITO”, CIUDADANOS NO PODRÁN DEFENDER SUS PROPIEDADES

El Periódico Oficial del Estado publicó el Decreto 128 aprobado por la LXV Legislatura, con el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley de Expropiación y Demás Limitaciones al Derecho de Propiedad en Campeche. Con ello, la norma entra en vigor y otorga al Poder Ejecutivo la facultad de declarar la utilidad pública y proceder a la ocupación, servidumbres administrativas o limitación de derechos de dominio sobre bienes muebles e inmuebles.

El documento establece que la declaración de utilidad pública no admitirá recurso administrativo alguno, lo que significa que los ciudadanos afectados por un proceso de expropiación no podrán recurrir ante instancias estatales para revertir la medida. Además, se señala que, una vez emitida la declaratoria, el Estado puede tomar posesión inmediata de los bienes, incluso mientras se realiza el avalúo y el pago de la indemnización correspondiente.

Entre las implicaciones para la ciudadanía destacan que las propiedades privadas podrán ser sujetas a expropiación cuando se considere que atienden causas de utilidad pública, quedando bajo la decisión de la autoridad estatal. Asimismo, se establece que la indemnización se pagará posteriormente, y en casos urgentes el Estado podrá tomar posesión antes de concluir el procedimiento.

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