TODO CAMBIÓ… MODALIDAD 40 IMSS: SE PUBLICAN NUEVAS RESTRICCIONES, CUAL ES EL IMPACTO EN PENSIONES, 5 PROBLEMAS Y QUE HACER
📢 El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó hoy el 21 de octubre de 2026 el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG, mediante el cual el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) establece medidas temporales relacionadas con la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, conocida como Modalidad 40.
La medida no elimina esta modalidad, pero establece condiciones que pueden modificar las estrategias de quienes buscan incrementar su futura pensión mediante cotizaciones con un salario base superior al último registrado.
📅 El acuerdo entra en vigor el 22 de octubre de 2026, es decir, el día hábil siguiente a su publicación.
📌 ¿Q𝐮𝐞 𝐬𝐭𝐚𝐛𝐥𝐞𝐜𝐞 𝐞𝐥 𝐚𝐜𝐮𝐞𝐫𝐝𝐨?
🔹 1. Personas que ya están inscritas
Quienes se encuentren inscritos al entrar en vigor el acuerdo permanecerán en la Modalidad 40, bajo las condiciones actuales, hasta concluir el periodo contratado.
⚠️ Cuidado: Esta protección no garantiza que puedan renovar posteriormente bajo las mismas condiciones.
🔹 2. 𝐍𝐮𝐞𝐯𝐨 𝐩𝐚𝐫𝐚𝐦𝐞𝐭𝐫𝐨 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐞𝐥 𝐬𝐚𝐥𝐚𝐫𝐢𝐨 𝐛𝐚𝐬𝐞 𝐝𝐞 𝐜𝐨𝐭𝐢𝐳𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧
El acuerdo establece que quienes concluyan su periodo contratado y quienes soliciten incorporarse podrán hacerlo tomando como referencia el último salario base de cotización registrado al momento de causar baja en el régimen obligatorio, o hasta ese importe más una Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Importante: El importe no podrá ser inferior a un salario mínimo general vigente para el resto del país.
📍 ¿Qué significa en la práctica? El parámetro salarial establecido puede afectar a quienes pretendían incorporarse o continuar cotizando con un salario considerablemente superior al último registrado.
🔹 3. 𝐑𝐞𝐜𝐨𝐧𝐨𝐜𝐢𝐦𝐢𝐞𝐧𝐭𝐨 𝐝𝐞 𝐬𝐞𝐦𝐚𝐧𝐚𝐬 𝐲 𝐬𝐚𝐥𝐚𝐫𝐢𝐨𝐬 𝐜𝐨𝐭𝐢𝐳𝐚𝐝𝐨𝐬
El acuerdo dispone expresamente que las personas inscritas al entrar en vigor conservarán el reconocimiento de las semanas y los salarios efectivamente cotizados y pagados. Estos surtirán plenos efectos para el cálculo de sus futuros derechos pensionarios.
🔹 4. 𝐒𝐢𝐧 𝐞𝐟𝐞𝐜𝐭𝐨𝐬 𝐫𝐞𝐭𝐫𝐨𝐚𝐜𝐭𝐢𝐯𝐨𝐬 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐧𝐮𝐞𝐯𝐨𝐬 𝐚𝐬𝐞𝐠𝐮𝐫𝐚𝐦𝐢𝐞𝐧𝐭𝐨𝐬
Los nuevos aseguramientos surtirán efectos exclusivamente a partir de la fecha de la solicitud presentada ante el IMSS.
🔹 5. 𝐈𝐧𝐜𝐨𝐦𝐩𝐚𝐭𝐢𝐛𝐢𝐥𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐜𝐨𝐧 𝐞𝐥 𝐞𝐬𝐪𝐮𝐞𝐦𝐚 𝐝𝐞 𝐩𝐞𝐫𝐬𝐨𝐧𝐚𝐬 𝐭𝐫𝐚𝐛𝐚𝐣𝐚𝐝𝐨𝐫𝐚𝐬 𝐢𝐧𝐝𝐞𝐩𝐞𝐧𝐝𝐢𝐞𝐧𝐭𝐞𝐬
Quienes estén incorporados o se incorporen a la modalidad prevista en el artículo 13, fracción I, de la Ley del Seguro Social no podrán contratar simultáneamente la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio.
El acuerdo destaca que el esquema de personas trabajadoras independientes permite acceder a prestaciones del Seguro de Enfermedades y Maternidad.
🔹 6. 𝐈𝐧𝐬𝐜𝐫𝐢𝐩𝐜𝐢𝐨𝐧 𝐞𝐱𝐜𝐥𝐮𝐬𝐢𝐯𝐚𝐦𝐞𝐧𝐭𝐞 𝐝𝐢𝐠𝐢𝐭𝐚𝐥
El IMSS deberá ajustar sus procesos y sistemas para que la inscripción a la Modalidad 40 se realice únicamente mediante mecanismos digitales que garanticen la trazabilidad y consistencia de los registros afiliatorios.
También deberá diseñar un canal de atención para revisar casos especiales relacionados con la implementación del acuerdo.
⚠️ La instrucción de implementar estos mecanismos no demuestra, por sí misma, que todos estén operando plenamente desde la entrada en vigor.
⏳ ¿𝐂𝐮𝐚𝐧𝐭𝐨 𝐝𝐮𝐫𝐚𝐫𝐚𝐧 𝐥𝐚𝐬 𝐦𝐞𝐝𝐢𝐝𝐚𝐬 𝐭𝐞𝐦𝐩𝐨𝐫𝐚𝐥𝐞𝐬?
El acuerdo establece dos plazos diferentes:
📌 Primer plazo: la Dirección de Finanzas deberá realizar un análisis del efecto de la Modalidad 40 en la situación financiera del IMSS, en un p𝐥𝐚𝐳𝐨 𝐦𝐚𝐱𝐢𝐦𝐨 𝐝𝐞 𝐬𝐞𝐢𝐬 𝐦𝐞𝐬𝐞𝐬 a partir de la emisión del acuerdo.
📌 Segundo plazo: una vez recibidos los resultados del análisis, la Dirección Jurídica contará con un plazo no mayor a seis meses para coordinar una propuesta de modificación de las disposiciones normativas correspondientes.
La propuesta deberá someterse a consideración del Consejo Técnico.
⚠️ Importante: las restricciones no desaparecen automáticamente al cumplirse seis meses. El propio acuerdo señala que el Consejo Técnico determinará la continuidad de la medida temporal después de conocer el análisis financiero.
🚨 P𝐫𝐢𝐧𝐜𝐢𝐩𝐚𝐥𝐞𝐬 𝐩𝐫𝐨𝐛𝐥𝐞𝐦𝐚𝐬 𝐲 𝐪𝐮𝐞 𝐡𝐚𝐜𝐞𝐫
🔸 Problema 1. Se había proyectado con un salario superior al último registrado.
✅ Qué hacer: 𝐫𝐞𝐯𝐢𝐬𝐚𝐫 𝐥𝐨𝐬 𝐜𝐚𝐥𝐜𝐮𝐥𝐨𝐬 𝐩𝐞𝐧𝐬𝐢𝐨𝐧𝐚𝐫𝐢𝐨𝐬 y evaluar cómo incide el nuevo parámetro salarial en la estrategia prevista. No debe asumirse que será posible contratar el salario originalmente proyectado.
🔸 Problema 2. La persona ya está inscrita y desconoce hasta cuándo conserva sus condiciones.
✅ Qué hacer: r𝐞𝐯𝐢𝐬𝐚𝐫 𝐥𝐚 𝐫𝐞𝐬𝐨𝐥𝐮𝐜𝐢𝐨𝐧 de incorporación, los comprobantes de pago y el periodo contratado. Si existe incertidumbre, solicitar al IMSS una aclaración por escrito.
🔸 Problema 3. Se pretendía solicitar el aseguramiento con efectos retroactivos.
✅ Qué hacer: 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐞𝐫𝐯𝐚𝐫 𝐥𝐚𝐬 𝐬𝐨𝐥𝐢𝐜𝐢𝐭𝐮𝐝𝐞𝐬 previas, los acuses y las respuestas institucionales. La fecha de presentación puede ser relevante para determinar los efectos del trámite.
🔸 Problema 4. La plataforma digital impide completar la inscripción.
✅ Qué hacer: 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐞𝐫𝐯𝐚𝐫 𝐜𝐚𝐩𝐭𝐮𝐫𝐚𝐬 de pantalla, folios, mensajes de error y fechas. Presentar una petición formal y solicitar información sobre el canal de atención para casos especiales previsto en el acuerdo.
🔸 Problema 5. Se está considerando cambiar al esquema de personas trabajadoras independientes.
✅ Qué hacer: comparar las cuotas, las prestaciones y los efectos pensionarios antes de tomar una decisión. Ambos esquemas tienen características diferentes y no pueden contratarse simultáneamente en los supuestos señalados por el acuerdo.
⚖️ 𝐄𝐥 𝐩𝐮𝐧𝐭𝐨 𝐣𝐮𝐫𝐢𝐝𝐢𝐜𝐨 𝐜𝐞𝐧𝐭𝐫𝐚𝐥: ¿𝐩𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐞𝐥 𝐈𝐌𝐒𝐒 𝐫𝐞𝐬𝐭𝐫𝐢𝐧𝐠𝐢𝐫 𝐮𝐧𝐚 𝐨𝐩𝐜𝐢𝐨𝐧 𝐩𝐫𝐞𝐯𝐢𝐬𝐭𝐚 𝐞𝐧 𝐥𝐚 𝐥𝐞𝐲?
Este es uno de los aspectos que merece mayor atención jurídica.
El artículo 218 de la Ley del Seguro Social contempla la continuación voluntaria con el último salario base de cotización registrado o uno superior, conforme a las condiciones legales aplicables.
Por su parte, el acuerdo del Consejo Técnico establece un parámetro salarial para las nuevas incorporaciones y para quienes concluyan su periodo contratado.
𝐄𝐬𝐭𝐚 𝐬𝐢𝐭𝐮𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧 𝐩𝐥𝐚𝐧𝐭𝐞𝐚 𝐮𝐧𝐚 𝐢𝐧𝐭𝐞𝐫𝐫𝐨𝐠𝐚𝐧𝐭𝐞 𝐫𝐞𝐥𝐞𝐯𝐚𝐧𝐭𝐞:
🔎 ¿Puede un acuerdo administrativo limitar, en estos términos, una opción reconocida por la Ley del Seguro Social?
Para analizar esta cuestión deben revisarse, entre otros aspectos:
⚖️ Jerarquía normativa: determinar si las medidas se encuentran dentro de las facultades legales del Consejo Técnico.
📚 Fundamentación y motivación: examinar si las restricciones están
debidamente justificadas y si se ajustan al marco jurídico aplicable.
🛡️ Seguridad jurídica: establecer el alcance de la protección de quienes ya estaban inscritos y de los derechos derivados de las cotizaciones efectivamente pagadas.
📑 Legalidad de la medida: analizar si el instrumento administrativo puede establecer límites que incidan en las opciones contempladas por la ley.
Es importante precisar que la existencia de estas interrogantes no significa que el acuerdo sea automáticamente inválido. Su legalidad y los efectos de su aplicación deben examinarse conforme al ordenamiento jurídico y, en su caso, a las resoluciones de las autoridades competentes.
🏛️ ¿𝐐𝐮𝐞 𝐡𝐚𝐜𝐞𝐫 𝐬𝐢 𝐞𝐥 𝐈𝐌𝐒𝐒 𝐧𝐢𝐞𝐠𝐚 𝐥𝐚 𝐢𝐧𝐜𝐨𝐫𝐩𝐨𝐫𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧 𝐨 𝐚𝐩𝐥𝐢𝐜𝐚 𝐮𝐧𝐚 𝐫𝐞𝐬𝐭𝐫𝐢𝐜𝐜𝐢𝐨𝐧?
Si la decisión del Instituto afecta una situación concreta, conviene actuar oportunamente.
- 📄 Obtener la resolución por escrito.
Solicitar y conservar el acto que contenga los fundamentos y motivos de la decisión, así como la constancia de notificación.
- ⏰ Revisar los medios de defensa.
El artículo 294 de la Ley del Seguro Social contempla el recurso de inconformidad. Su reglamento establece, como regla general, un plazo de quince días hábiles para interponerlo, contado a partir de que surta efectos la notificación del acto definitivo.
La procedencia del recurso y el cómputo del plazo deben verificarse según las características del asunto.
- ⚖️ Determinar la vía jurisdiccional procedente.
El artículo 295 de la Ley del Seguro Social establece reglas de competencia para las controversias entre asegurados o beneficiarios y el IMSS relacionadas con prestaciones. La vía concreta dependerá de la naturaleza del acto y de la pretensión planteada.
No todos los asuntos corresponden al Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
- 🧑⚖️ Buscar asesoría especializada.
Antes de cancelar una incorporación, cambiar de esquema o dejar transcurrir un plazo, es recomendable analizar la documentación y las circunstancias particulares.
✅ 𝐂𝐨𝐧𝐜𝐥𝐮𝐬𝐢𝐨𝐧
Las nuevas medidas temporales sobre la Modalidad 40 pueden tener consecuencias importantes para quienes planeaban incrementar su pensión mediante cotizaciones con un salario superior al último registrado.
La prioridad es verificar las condiciones aplicables a cada persona, conservar la documentación y evitar decisiones basadas en información incompleta.
Al mismo tiempo, el acuerdo abre una cuestión jurídica relevante sobre los límites de las facultades administrativas del IMSS frente a las opciones reconocidas por la Ley del Seguro Social.
📌 La recomendación es clara: antes de cancelar una incorporación o modificar una estrategia pensionaria, revise su situación particular, documente sus actuaciones y analice las consecuencias jurídicas y económicas de cada decisión.
📖 Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación, 21 de octubre de 2026. Acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG.

