OPINIÓN: LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y NUESTRA CONSTITUCIÓN
Por: RICARDO HOMS
Si ingenuamente suponíamos que podría haber un replanteamiento para las injustas sentencias que violan la libertad de expresión de ciudadanos, hoy vemos que éstas han sido ratificadas. El Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal exigió que se cumpliera la sentencia en contra de la ciudadana Karla Estrella.
ESTO MARCA UN PELIGROSO PRECEDENTE.
Sin embargo, toda la fuerza del estado cayó encima de las ciudadanas Karla Estrella y de Laisha Wilkins por sus comentarios en redes sociales. En Campeche una jueza ratificó el castigo para el periodista Jorge González Valdez, a quien le impuso un censor que debe revisar cada texto que redacta y cada opinión que exprese, además de vigilar su vida cotidiana para evitar que éste no cometa el delito de mencionar el nombre de la gobernadora Layda Sansores.
Las autoridades del ámbito electoral sólo tienen competencia en agresiones verbales cuando estas puedan incidir de forma directa en el resultado de una elección y no juzgar los significados de tipo moral o subjetivo -como la violencia política de género-, o los temas de reputación, como lo han estado haciendo, lo cual, en todo caso sería competencia de jueces del fuero común.
El ámbito de acción del INE y el TEPJF es la salvaguarda de la “equidad electoral” únicamente.
¿Será que tanto los magistrados del TEPJF, como los jueces de Campeche, no saben que ninguna ley particular -como lo es la legislación electoral, por ejemplo- puede contravenir ninguno de los 136 artículos y los 19 transitorios que componen la Constitución Mexicana?
El artículo 7 de nuestra Constitución define que “Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías indirectas como el abuso de controles oficiales o particulares, ni establecer censura previa”.
Por tanto, el TEPJF violó nuestra Constitución al reprimir la libertad de expresión de las dos ciudadanas ya mencionadas, lo mismo que la jueza que impuso un censor al periodista campechano Jorge González Valdez, así como también el Instituto Electoral de Tamaulipas que demandó al periodista Héctor de Mauleón y al periódico EL UNIVERSAL por un artículo publicado que evidenciaba un problema local. Además, el Instituto Electoral de Puebla también dio curso a una demanda en contra de la periodista Rubí Soriano, señalada por una diputada morenista por violencia política de género.
Hoy los funcionarios públicos y los políticos se asumen como víctimas de la ciudadanía, para evadir su responsabilidad en la “rendición de cuentas” a la que están obligados, así como para esconder conductas que contravienen a la ética.
Cualquier servidor público y todo aquel que administre recursos públicos -o utilice la autoridad que le confiere un cargo público- debe estar dispuesto a ser cuestionado por cualquier ciudadano.
La libertad de expresión es un derecho totalmente ciudadano para proteger a este frente a quienes ejercen poder y autoridad gubernamental y abusan de ella. Por supuesto que quien ejerce poder no requiere protección, y cuando la solicita a las autoridades competentes y la recibe, entonces ejerce violencia y represión en contra de la parte vulnerable, que es el ciudadano.
A la fecha no ha habido ninguna autoridad que defienda a las víctimas que han sido despojadas de su derecho a la libertad de expresión, garantizado por el Artículo 7 de nuestra Constitución Política y eso es muy grave, pues los abusos tolerados de modo cotidiano generan prácticas que se convierten en costumbre. Pisoteada la libertad de expresión y violentado el “Estado de derecho”, desaparece la democracia.
Las instituciones civiles con fuerte presencia mediática son las que deben asumir la defensa de los derechos ciudadanos. Es la misma sociedad la que debe asumir su propia defensa, pues si no lo hace, ya no habrá a quien recurrir.
¿A usted qué le parece?
@homsricardo