LA CNDH IMPUGNA LA LEY DE EXPROPIACIÓN EXPEDIDA POR EL GOBIERNO DE LAYDA
Por considerar que viola los derechos de audiencia, al debido proceso y a la debida indemnización, así como el principio pro persona, en detrimento del derecho a la propiedad privada, la Comisión Nacional de Derechos Humanos impugnó mediante acción de inconstitucionalidad la Ley de Expropiación expedida por el Gobierno de Layda Sansores, que fue aplicada inmediatamente a propiedades de personas relacionadas con Alejandro Moreno Cárdenas, exgobernador de Campeche y presidente nacional del PRI.

La acción de inconstitucionalidad fue presentada el seis de octubre y se suma a la promovida por diputados priistas, panistas y mocistas del Congreso campechano.
De acuerdo con la CNDH, los artículos cuestionados dejan a discreción de la autoridad la posibilidad de convocar o no a los propietarios a una audiencia para defenderse de una expropiación, además de impedir que las declaraciones de utilidad pública puedan ser impugnadas mediante recursos administrativos, y además, dicha ley establece que las indemnizaciones se calculen con base en el precio de la última compra del inmueble, y no en su valor comercial actualizado, lo que podría resultar en pagos injustos o insuficientes.
La legislación ha sido duramente criticada por la oposición, que la ha apodado “Ley Alito”, por considerar que fue diseñada con fines políticos para afectar a Alejandro Moreno.
La primera aplicación de la ley ocurrió el veintinueve de septiembre, cuando el Gobierno Estatal decretó la expropiación de terrenos pertenecientes a familiares y allegados de Alito, con el argumento de destinarlos a la construcción de una Universidad Rosario Castellanos en el municipio de San Francisco de Campeche.
En su demanda, la CNDH solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que de declarar inconstitucionales los artículos impugnados, los efectos de invalidez se extiendan a todas las disposiciones relacionadas, lo que implicaría la revocación de la expropiación ya realizada. Esta acción refuerza las acusaciones de los diputados de oposición, quienes señalan que la norma permite la ocupación inmediata de propiedades sin audiencia ni compensación justa y reduce de quince a cinco días el plazo para que los afectados presenten su defensa.
Las acciones de inconstitucionalidad, identificadas con los números ciento quince y ciento diecisiete de dos mil veinticinco, fueron acumuladas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y turnadas a la ministra María Estela Ríos González, exconsejera jurídica de la Presidencia de la República, quien el pasado catorce de octubre admitió ambas y solicitó a los poderes Legislativo y Ejecutivo de Campeche que presenten sus contestaciones.
La resolución de la Corte definirá no sólo la validez de la Ley de Expropiación campechana, sino también el alcance de los límites constitucionales al ejercicio del poder expropiatorio en México.

