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IMSS BIENESTAR, EL PRINCIPAL DEUDOR ALIMENTARIO DE MÉXICO.

EN ATENCIÓN DE:


Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Dra. Claudia Sheinbaum Pardo . Secretaría de Gobernación (SEGOB) . Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF Nacional) . Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). Dirección General del IMSS-BIENESTAR . Consejo de la Judicatura Federal . Fiscalía General de la República (FGR) . Comisiones del Senado y Cámara de Diputados relacionadas con infancia, justicia y salud.

Hace unos días nos dieron la noticia que un reciente fallo judicial permite el embargo de hasta el 10% del saldo en la subcuenta de Afore para garantizar el cumplimiento de pensiones alimenticias. Esta medida se aplica en casos en los que el deudor alimentario no cuenta con ingresos formales ni bienes suficientes para cubrir su obligación.
Oficialmente el 01 de marzo del 2024, casi toda la plantilla de trabajadores que ya contaban con base de la secretaria de salud fueron transferidos a IMSS BIENESTAR , y desde que tomaron la administración dejaron de garantizar lo que por derecho les corresponde a nuestros niños , niñas y adolescentes consagrado en diversas leyes y tratados internacionales, y que se relaciona directamente con el derecho a la protección y al desarrollo integral.
La pensión alimenticia no es un favor ni una dádiva. Es un derecho consagrado en la Constitución Mexicana (Art. 4º) y en tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño, que garantizan el desarrollo integral de la infancia. El concepto de alimentos incluye salud, educación, vivienda, vestimenta y recreación. Su cumplimiento es urgente, inaplazable y de orden público.
La que suscribe , madre , ciudadana mexicana y trabajadora del los servicios de salud IMSS BIENESTAR que no puede exigir abiertamente justicia porque el mismo sistema estatal nos ha dicho “NO PUEDES HACER NADA CONTRA LOS JEFES” “QUEDATE CALLADA, NO QUIERES PROBLEMAS DE A GRATIS “ me dirijo a ustedes para denunciar públicamente una grave irregularidad que está afectando directamente el derecho de niñas, niños y adolescentes a recibir su pensión alimenticia como está establecido por ley.
Aunque no se cuenta con cifras oficiales específicas del IMSS-BIENESTAR, en México, 3 de cada 4 hijos de padres separados no reciben pensión alimenticia, y el 67.5% de las madres solteras enfrentan evasión de obligaciones por parte de sus exparejas, pero les puedo asegurar que las verdaderas estadísticas se encuentran en los pasillos de un juzgado , en sus salas , en los patios de las fiscalías donde está la gente más vulnerable , que ha sufrido violencia física, psicológica, patrimonial, sexual, persecución por parte de el padre de sus hijos. Progenitores ejercitando violencia vicaría y levantando denuncias falsas y dolosas . Madres buscando a sus hijos , porque el progenitor los había sustraído,.
En mi travesía por todo este camino legal he sido testigo de que todos somos vulnerables ante estás situaciones porque todas las viví y las sigo viviendo porque todavía sigo frecuentando estos lugares donde puedo ver , platicar y compartir algún lugar con muchas personas que no quieren continuar por miedo , porque la defensa les ha dado una mala asesoría porque está coludida con la otra parte y no solo les hace perder el caso , también les cobra cantidades impagables. VÍCTIMAS que terminan cediendo porque no pueden pagar un paquete de copias certificadas en la fiscalía donde el precio es irreal “una copia de 20 pesos “ , y su expediente ya lleva las 1000 hojas ,olvídense! En ese momento ya perdió el caso por falta de recursos económicos.
La justicia no llega a personas vulnerables?
Que estatus económico debemos de tener para exigir justicia?

Es sabido que el concepto legal de alimentos incluye los conceptos de vivienda, vestimenta, salud, educación, recreación (para las niñas, niños y adolescentes), además de lo esencial para su sustento. Siendo un deber que tiene base en el principio de solidaridad familiar y en el deber de contribuir al bienestar de quienes no son capaces de satisfacer por sí mismos sus necesidades básicas.
En temas familiares escucharemos muchas historias, pero principalmente la historia del deudor alimentario “exhibiendo” que el aporta una gran cantidad a sus hijos y cumple con su deber , y la historia de una madre que por sus hijos tocará todas las puertas para garantizar este derecho, pero se vuelve un desgaste emocional y económicamente hablando cuando no existe comunicación con el deudor alimentario y por lo tanto no pueden ponerse de acuerdo para hacer el reclamo de los mismos y buscar una solución juntos. Al contrario, solo sigue causando tensión y división entre ellos por el hecho de que la madre sigue demandando al padre por incumplimiento y el padre pensando que ella miente , pues ya ni responde las llamadas.
Es real cuando dicen que la verdad siempre sale a la luz , ya que el deudor alimentario exhibe los recibos de nómina en el expediente de alimentos y a simple vista se ve el mal uso del recurso pues lo descontado no corresponde a lo que está siendo depositado en su totalidad a la madre , existiendo un faltante de dinero.
Entonces, con este contexto nos damos cuenta que existen muchas historias, muchas respuestas pero una sola verdad que es realmente alarmante porque surgen más controversias .

Nos dijeron que IMSS-BIENESTAR se dedicaria a garantizar el derecho a la protección de la salud de las personas sin seguridad social, ofreciendo servicios de salud integrales y accesibles.
Es de conocimiento público que las instituciones de salud carecen de falta de recursos financieros, la escasez de personal médico y de insumos, y la dificultad para garantizar un acceso equitativo.
Lamentablemente es que IMSS BIENESTAR es el menos interesado en privilegiar el interés superior del los niños y adolescentes desde el momento en que no se hace responsable de garantizar el derecho a la salud de la población en general , y tampoco la de su base trabajadora al retener la PENSION ALIMENTICIA y no ser entregada a quien debería llegar .

PROBLEMÁTICA GENERAL

  • IMSS-BIENESTAR descuenta quincenalmente el monto correspondiente a pensión alimenticia, pero no lo deposita a los beneficiarios.
  • En muchos casos, la pensión ya no causa efecto legal, pero los descuentos continúan, sin transparencia ni devolución.
  • Deudores y acreedores trabajan en el mismo sector, lo que genera miedo, silencio y falta de denuncia pública.
  • Las madres enfrentan desgaste emocional y económico, mientras los padres exhiben recibos de nómina que no coinciden con los depósitos realizados.
  • No hay mecanismos de supervisión efectivos ni garantías sobre el uso correcto de los recursos retenidos.
  • Los pagos se retienen al deudor pero no se depositan .
  • Se mantiene el silencio institucional pese a exhortos judiciales.
  • Se afecta el desarrollo, la salud emocional y la estabilidad de los menores
  • No existen mecanismos eficientes de fiscalización

Ante lo manifestado solícito a las autoridades competentes:

  1. Supervisión directa y auditoría sobre los recursos retenidos
  2. Entrega inmediata a los beneficiarios de las pensiones descontadas
  3. Mecanismos accesibles y transparentes de rendición de cuentas
  4. Cumplimiento estricto de los exhortos judiciales
  5. Canal directo de atención a denuncias internas del sector salud

La infancia no puede esperar. La ley no puede ser letra muerta. Y la justicia no puede depender de correos ignorados.
En México existe deficiencia en cuanto a la gestión adecuada y transparente de los recursos que constituyen la pensión de alimentos, lo que afecta a muchas familias y, en particular, a los hijos que dependen de dichos recursos para cubrir sus necesidades básicas. De hecho, aunque existen leyes y mecanismos legales para garantizar el pago de la pensión de alimentos, no se cuenta con ninguna garantía respecto de la forma como tales recursos sean empleados en favor de los acreedores alimentarios, presentándose dificultades significativas.
Uno de los problemas más comunes en relación a las obligaciones alimenticias, es el incumplimiento del pago de la pensión por parte de su institución laboral y que está misma ejecuta los descuentos al trabajador pero no sé la deposita a los menores , generando que las madres o los tutores legales afronten inconvenientes para cubrir los gastos de los menotes.
Además, existen retrasos significativos en el cobro de las pensiones alimenticias, debido a lo engorroso de los trámites legales y a la burocracia que ralentiza la entrega de los importes depositados, lo que afecta gravemente la calidad de vida de los hijos, generando tensiones y conflictos familiares.

Otro desafío, es la falta de mecanismos efectivos de control y supervisión para asegurar que las pensiones de alimentos lleguen realmente y en su totalidad a los beneficiarios.
Entonces, el problema de la gestión de los recursos provenientes de la pensión de alimentos comprende desde el incumplimiento del pago por parte de los obligados, la falta de supervisión efectiva, los retrasos en los trámites administrativos, la omisión de los exhortos del juez , la falta de compromiso y lealtad hacia su plantilla trabajadora debido a que todas las quincenas aplica los descuentos por concepto de pensión alimenticia y no los está depositando a los acreedores, la falta de transparencia al no reportar los recursos retenidos del trabajador , y las omisiones a todos los requerimientos que realiza el juez.

Estas situaciones planteadas, por considerarlas totalmente lesivas al interés superior del niño, su autonomía progresiva y a su desarrollo integral, por ser aspectos que impactan negativamente en la vida de los beneficiarios y que requieren, urgentemente, la necesidad de implementar mecanismos efectivos para garantizar el cumplimiento de la pensión alimenticia , toda vez que los alimentos son de orden público y de naturaleza urgente e inaplazable.

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